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La SENTENCIA 462/2009, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valencia, VUELVE A QUITAR LA RAZÓN AL AYUNTAMIENTO de Sagunto.
La SENTENCIA 462/2009, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valencia, VUELVE A QUITAR LA RAZÓN AL AYUNTAMIENTO de Sagunto, en el contencioso iniciado por dicho Ayuntamiento contra la resolución denegatoria de la Generalitat Valenciana por la que NO AUTORIZÓ al Ayuntamiento larealización de la "suelta de patos" el 15 de agosto de 2008.
En este sentido, ANPBA había solicitado expresamente y en la víaadministrativa al Director Territorial de Valencia de la Conselleria deGobernación, competente en materia de autorizaciones, que NO AUTORIZARA dicho espectáculo por vulnerar presuntamente la legislación vigente en dichaComunidad y dadas las sentencias (la 214/2006 del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 6 de Valencia, y la 1078/2007 de la Sala de lo Contenciso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana -TSJCV-), que ya habían dado previamente la razón a ANPBA. Ahora, mediante esta NUEVA SENTENCIA (462/2009), la Juzgadora DESESTIMA esteotro nuevo recurso del Ayuntamiento de Sagunto. Esta es ya la TERCERA sentencia (tanto de dos Juzgados distintos como delTribunal Superior), favorable a los criterios de ANPBA. Se trata, por tanto,de una NUEVA VICTORIA en la lucha legal contra los espectáculos con patos.
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 Suelta de patos
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